ANUNCIO EN EL PORTAL WEB DEL AYUNTAMIENTO DE LACONSULTA PÚBLICAD

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración de proyecto de una norma reglamentaria, se sustanciará una consulta pública a travésdel portal web de la Administración competente. La tramitación de esta Ordenanza Municipal reguladora del registro dedemandantes de vivienda protegida se fundamenta en el artículo 72 de la Ley7/1985 de 2 de Abril, reguladora de las bases de régimen local y en Decreto 1/2012de 10 de enero, de la Consejería de Obras Públicas y vivienda por el que se aprueba el Reglamento Regulador de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida y se modifica el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificado por el Decreto 161/2018, de 28 de agosto. Dicha norma tiene por objeto constituir y regular el funcionamiento del Registro público Municipal de demandantes de vivienda protegida, cuya finalidad principal es la de proporcionar información sobre las necesidades de viviendas existentes en el Municipio, así como establecerlos mecanismos de selección para las adjudicaciones de viviendas en el mismo. Es por ello que en cumplimiento del artículo 133 de la Ley 39/2015, se somete aconsulta pública previa y por un plazo de 10 días hábiles, la elaboración del proyecto de Ordenanza Municipal reguladora del Registro Municipal de Demandantes de vivienda protegida, al objeto de que la ciudadanía y las entidades y organizaciones sociales en las quese integre puedan formular sus opiniones sobre los problemas que se pretenden solucionar conesta iniciativa normativa, proponer posibles soluciones alternativas de regulación, manifestar lanecesidad y oportunidad de su aprobación, así como los objetivos, que en su opinión, esta Ordenanza ha de satisfacer. Esta consulta pública se realizará a través del correo electrónico administración@valsequillo.es que el Ayuntamiento mantendrá abierto y operativo por el plazo anteriormente señalado de 10 días hábiles, a contar desde la fecha de publicación del anuncio en la web.

Para consultar toda la información queda disponible este anexo hasta el día 30 de agosto